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Equipo Veredicta
Gestión Legal
20 de febrero de 2026
Actualizado el 24 de julio de 2026

Plazos Procesales en Argentina: Cómputo y Tabla de Vencimientos (2026)

Cómo se computan los plazos procesales en Argentina: días hábiles, plazo de gracia, tabla de plazos por tipo de proceso (civil, laboral, penal) y contador de plazos online gratuito.

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Plazos Procesales en Argentina: Cómputo y Tabla de Vencimientos (2026)

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Los plazos procesales son los períodos que la ley o el juez fijan para que las partes de un juicio realicen cada acto: contestar una demanda, apelar, ofrecer prueba. En Argentina se computan en días hábiles judiciales, salvo las excepciones que la ley manda contar en días corridos, y arrancan el día siguiente a la notificación. Vencido el plazo, el derecho procesal se pierde.

Esta guía cubre todo lo que necesitás saber sobre los plazos procesales en Argentina: cómo se clasifican, cómo se computan, cuáles son los más comunes por tipo de proceso, y qué herramientas podés usar para que nunca más se te pase un vencimiento.

¿Qué son los plazos procesales y por qué son críticos?

Los plazos procesales son los períodos de tiempo que la ley o el juez establecen para que las partes de un proceso judicial realicen determinados actos procesales. Son el mecanismo que garantiza que los procesos avancen de manera ordenada y no se estanquen indefinidamente.

¿Por qué son tan críticos? Porque en el derecho procesal argentino, el paso del tiempo tiene consecuencias jurídicas irreversibles. Un escrito presentado un día después del vencimiento puede ser rechazado de plano. Una apelación fuera de término se declara inadmisible. Y una contestación de demanda extemporánea puede significar que tu cliente quede en rebeldía.

El problema rara vez es desconocer los plazos: es el volumen de causas y la falta de herramientas adecuadas lo que vuelve casi inevitable el error humano cuando el control se hace de forma manual. Y un vencimiento perdido puede derivar en responsabilidad profesional frente al cliente.

¿Qué tipos de plazos procesales existen en Argentina?

La legislación procesal argentina clasifica los plazos según distintos criterios. Entender cada tipo es esencial para saber cómo manejarlos correctamente.

Según su origen

  • Legales: Establecidos directamente por la ley (ej.: el art. 338 CPCCN fija 15 días para contestar demanda en proceso ordinario).
  • Judiciales: Fijados por el juez cuando la ley no establece uno específico (ej.: plazo para cumplir una medida de prueba).
  • Convencionales: Acordados entre las partes con autorización judicial (ej.: prórroga de un plazo por acuerdo mutuo).

Según sus efectos

  • Perentorios (fatales): Vencen automáticamente por el mero transcurso del tiempo, sin necesidad de petición de parte ni declaración judicial. Son los más peligrosos porque no hay segunda oportunidad. La mayoría de los plazos procesales en Argentina son perentorios (art. 155 CPCCN).
  • Ordenatorios: Son plazos indicativos que organizan el proceso pero cuyo vencimiento no produce automáticamente la pérdida del derecho. Generalmente se aplican a plazos dirigidos al juez (ej.: plazo para dictar sentencia).

Según su extensibilidad

  • Prorrogables: Pueden extenderse antes de su vencimiento, ya sea por acuerdo de partes o por decisión judicial.
  • Improrrogables: No admiten extensión bajo ninguna circunstancia. La mayoría de los plazos perentorios son también improrrogables.

Según a quién afectan

  • Individuales: Corren para cada parte desde su notificación particular. El plazo de una parte no afecta el de la otra.
  • Comunes: Corren para todas las partes simultáneamente desde la última notificación. Se usan típicamente en plazos de prueba (el período de prueba comienza cuando todas las partes están notificadas de la apertura).

¿Cómo se computan los plazos procesales? (hábiles vs corridos)

Los plazos procesales en Argentina se computan en días hábiles judiciales, salvo que la ley indique expresamente que son días corridos. Se cuentan a partir del día siguiente a la notificación del acto que da inicio al plazo, y el día de vencimiento se cuenta completo hasta las dos primeras horas del día hábil siguiente (plazo de gracia del art. 124 CPCCN). Si preferís no llevar la cuenta a mano, el contador de plazos judiciales hace el cálculo en días hábiles con la feria judicial y los feriados ya cargados.

Reglas fundamentales de cómputo

ReglaDetalleNorma
Inicio del cómputoDesde el día siguiente a la notificaciónArt. 156 CPCCN
Tipo de días (regla general)Días hábiles judicialesArt. 152 CPCCN
Plazo de graciaHasta las 2 primeras horas del día hábil siguiente al vencimientoArt. 124 CPCCN
Suspensión por feria judicialLos plazos no corren durante ferias de enero y julioArt. 152 CPCCN
Días inhábilesSábados, domingos, feriados nacionales, días no laborables judicialesArt. 152 CPCCN
Habilitación de días y horasEl juez puede habilitar días inhábiles por urgenciaArt. 153 CPCCN

Ejemplo práctico de cómputo

Supongamos que te notifican un traslado de demanda un martes. El plazo de 15 días hábiles para contestar se computa así:

  1. Martes (notificación): No se cuenta.
  2. Miércoles: Día 1.
  3. Se cuentan solo días hábiles (excluyendo sábados, domingos y feriados).
  4. Si el día 15 cae un viernes, tenés hasta las primeras dos horas del lunes siguiente (plazo de gracia).

Excepciones: plazos en días corridos

Existen situaciones donde los plazos se computan en días corridos (calendario):

  • Caducidad de instancia: Los plazos del art. 310 CPCCN se cuentan en días corridos.
  • Plazos penales: En el proceso penal, los plazos son en días corridos según el art. 162 del Código Procesal Penal de la Nación.
  • Plazos laborales de la LCT: Algunos plazos de la Ley de Contrato de Trabajo se computan en días corridos (ej.: plazo de preaviso).

Tabla de referencia: plazos más comunes por tipo de proceso

Esta tabla reúne los plazos procesales más habituales que todo abogado litigante en Argentina debe tener presentes.

Proceso civil y comercial (CPCCN)

Acto procesalPlazoArtículoCarácter
Contestar demanda (ordinario)15 días hábilesArt. 338Perentorio
Contestar demanda (sumarísimo)5 días hábilesArt. 498Perentorio
Oponer excepciones previas15 días hábiles (con la contestación)Art. 346Perentorio
Ofrecer prueba (ordinario)10 días hábiles desde aperturaArt. 367Perentorio
Apelar sentencia definitiva5 días hábilesArt. 244Perentorio, improrrogable
Apelar sentencia interlocutoria5 días hábilesArt. 244Perentorio, improrrogable
Expresar agravios10 días hábilesArt. 259Perentorio
Contestar traslado (genérico)5 días hábilesArt. 150Perentorio
Recurso de revocatoria3 días hábilesArt. 239Perentorio
Recurso extraordinario federal10 días hábilesArt. 257Perentorio, improrrogable
Caducidad de instancia (1ra instancia)6 meses (corridos)Art. 310Fatal
Caducidad de instancia (2da instancia)3 meses (corridos)Art. 310Fatal
Alegatos (ordinario)6 días hábilesArt. 482Común

Proceso laboral (Ley 18.345, CNAT)

Acto procesalPlazoNormaCarácter
Contestar demanda10 días hábilesArt. 71 Ley 18.345Perentorio
Apelar sentencia definitiva6 días hábilesArt. 116 Ley 18.345Perentorio
Ofrecer pruebaEn la contestación de demandaArt. 71 Ley 18.345Perentorio
Recurso de inaplicabilidad de ley10 días hábilesArt. 302 CPCCNPerentorio

Proceso penal (CPPN)

Acto procesalPlazoNormaCarácter
Apelar auto de procesamiento3 días corridosArt. 450 CPPNPerentorio
Apelar sentencia definitiva10 días corridosArt. 450 CPPNPerentorio
Casación10 días corridosArt. 463 CPPNPerentorio
Recurso de queja por apelación denegada3 días corridosArt. 476 CPPNPerentorio
Acusar prescripción de la acciónSin plazo fijo (en cualquier estado del proceso)Art. 339 CPPN-

Proceso contencioso administrativo federal

Acto procesalPlazoNormaCarácter
Demandar acto administrativo (impugnación judicial)90 días hábiles judicialesArt. 25 Ley 19.549Perentorio
Recurso de reconsideración10 días hábiles administrativosArt. 84 Dto. 1759/72Perentorio
Recurso jerárquico15 días hábiles administrativosArt. 89 Dto. 1759/72Perentorio

¿Qué pasa si se vence un plazo procesal? Consecuencias legales

Las consecuencias de perder un plazo procesal dependen del tipo de plazo y del acto procesal involucrado. En todos los casos, son graves.

Consecuencias directas

  • Pérdida del derecho procesal: Si se vence el plazo para contestar demanda, perdés la oportunidad de defenderte en esa etapa. El juez puede declarar la rebeldía (art. 59 CPCCN).
  • Inadmisibilidad del recurso: Una apelación presentada fuera de término es rechazada sin más trámite. La sentencia queda firme.
  • Caducidad de instancia: Si no impulsás el proceso dentro de los plazos del art. 310 CPCCN, la contraparte puede pedir la caducidad y el proceso se extingue.
  • Preclusión: El principio de preclusión procesal impide volver sobre etapas ya cerradas. Una vez vencido el plazo, la oportunidad no se recupera.

Consecuencias indirectas

  • Responsabilidad profesional: El cliente afectado puede iniciar un reclamo por mala praxis contra el abogado. Los tribunales de ética de los colegios de abogados también pueden intervenir.
  • Daños patrimoniales: Si la pérdida de un plazo genera un perjuicio económico al cliente, el abogado puede ser condenado a indemnizar el daño.
  • Pérdida de confianza: Más allá de las consecuencias legales, perder un plazo destruye la relación de confianza con el cliente.

¿Se puede recuperar un plazo vencido?

En casos excepcionales, sí. El CPCCN prevé la posibilidad de solicitar la nulidad de la notificación si fue defectuosa (art. 149 y ss.), lo que retrotraería el cómputo. También existe la figura de la restitución de plazos en el proceso penal (art. 164 CPPN) cuando se demuestra una causa de fuerza mayor.

Pero contar con estas excepciones es extremadamente riesgoso. La mejor estrategia siempre es prevenir, y para eso necesitás un sistema confiable de gestión de vencimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se cuentan los plazos procesales en Argentina?

Los plazos procesales se cuentan a partir del día siguiente a la notificación del acto que los inicia, y se computan en días hábiles judiciales salvo que la ley disponga días corridos. El día del vencimiento corre completo hasta las dos primeras horas hábiles del día siguiente, el plazo de gracia del art. 124 CPCCN.

¿Los plazos procesales se cuentan en días hábiles o corridos?

Por regla general se cuentan en días hábiles judiciales: no corren sábados, domingos, feriados ni durante la feria judicial (art. 152 CPCCN). Existen excepciones que se computan en días corridos, como la caducidad de instancia del art. 310 CPCCN y varios plazos del proceso penal. Verificá siempre la norma aplicable a cada acto.

¿Qué es el plazo de gracia?

El plazo de gracia es la posibilidad de presentar un escrito dentro de las dos primeras horas hábiles del día siguiente al vencimiento del plazo (art. 124 CPCCN). Funciona como un margen final, pero no conviene depender de él: cualquier contratiempo esa mañana puede hacerte perder el acto de forma irreversible.

¿Cuándo es la feria judicial?

La feria judicial son los períodos en que los tribunales no atienden y los plazos quedan suspendidos, tradicionalmente en enero y durante el receso invernal de julio. Las fechas exactas las fija cada año la acordada del tribunal correspondiente y pueden variar según la jurisdicción, así que conviene confirmarlas en el fuero donde tramita tu causa.

¿Qué pasa si un plazo vence un día inhábil?

Si el vencimiento cae en un día inhábil, como un sábado, un domingo o un feriado, se traslada al primer día hábil siguiente, y sobre ese día todavía corre el plazo de gracia de las dos primeras horas (art. 124 CPCCN). Por las dudas, confirmá el calendario judicial antes de dar por cerrado cualquier plazo.

¿Cómo calculo un vencimiento online?

Podés usar el contador de plazos procesales online de Veredicta: ingresás la fecha de notificación y la cantidad de días hábiles, y calcula el vencimiento descontando fines de semana, feriados oficiales y feria judicial. Es gratis y no requiere registro. Para el cálculo inverso está la calculadora de fecha límite regresiva.

¿Qué herramientas ayudan a no perder un vencimiento?

El control manual de vencimientos (ya sea con agendas de papel, planillas de Excel o recordatorios en el celular) es el método más común y también el más propenso a errores. Cuando manejás 30, 50 o 100 causas, la probabilidad de que un plazo se pase por alto crece exponencialmente.

¿Qué opciones existen?

Contador de plazos procesales online (gratis)

Si necesitás calcular un vencimiento puntual, podés usar nuestro contador de plazos procesales online. Ingresás la fecha de notificación y la cantidad de días hábiles, y la calculadora computa el vencimiento considerando fines de semana, feriados nacionales y ferias judiciales. Es gratuito y no requiere registro. Y si necesitás el cálculo inverso (desde qué fecha tenés que actuar para llegar a un vencimiento) usá la calculadora de fecha límite regresiva. Para controlar la caducidad de instancia del art. 310 CPCCN, está la calculadora de caducidad de instancia.

Nivel básico: Google Calendar

Podés cargar cada vencimiento como un evento con recordatorio. Es gratis y funcional, pero tiene limitaciones:

  • Tenés que cargar cada plazo manualmente.
  • No se integra con el PJN ni con tu sistema de expedientes.
  • Si olvidás cargar un plazo, no hay red de seguridad.
  • No te avisa cuando surge un nuevo movimiento en el PJN.

Para tips sobre cómo aprovechar Google Calendar al máximo, consultá nuestra guía de Google Calendar para abogados.

Nivel intermedio: planillas compartidas

Algunos estudios usan planillas de Excel o Google Sheets con fórmulas que calculan fechas de vencimiento. Es un paso adelante, pero sigue dependiendo de la carga manual y es difícil de mantener con muchas causas.

Nivel avanzado: software de gestión legal con alertas automáticas

La opción más robusta es un software de gestión de expedientes que:

  • Calcule el vencimiento en días hábiles a partir de la fecha de notificación, descontando feriados y ferias judiciales.
  • Se integre con los sistemas judiciales para detectar nuevos movimientos sin que tengas que entrar a consultarlos uno por uno.
  • Envíe alertas por email y dentro de la aplicación, con tiempo suficiente para preparar el escrito.
  • Permita visualizar todos los vencimientos pendientes en un calendario unificado.
  • Registre si el acto procesal ya fue cumplido, para que no te sigan llegando alertas innecesarias.

Cómo Veredicta te alerta automáticamente de tus vencimientos

Veredicta fue diseñado pensando en que los plazos procesales en Argentina no perdonan. Por eso, el sistema de alertas de vencimientos es una de sus funcionalidades centrales.

¿Cómo funciona?

  1. Detección automática de movimientos: Veredicta sincroniza tus expedientes del PJN, de la MEV bonaerense y del EJE porteño, y vuelve a recorrerlos cada 30 minutos para detectar resoluciones, traslados, notificaciones y sentencias. La sincronización es de solo lectura: Veredicta nunca presenta ni firma nada en tu nombre.
  2. Cálculo del vencimiento: cargás el plazo sobre el expediente o sobre una prueba, indicás la cantidad de días y Veredicta calcula la fecha de vencimiento descontando feriados oficiales, feria judicial y los días inhábiles propios de tu estudio.
  3. Recordatorios antes del vencimiento: recibís un aviso el día anterior y otro a las 07:00 del mismo día, para que el plazo no te encuentre sin margen.
  4. Email y aplicación: cada aviso llega a tu correo y queda también en el panel de notificaciones de Veredicta.
  5. Vista calendario: una agenda por día, semana, mes o año donde ves todos los vencimientos de todas tus causas, con semáforo por urgencia y estado.

Beneficios concretos

  • Un solo lugar para todos los vencimientos. Los plazos del expediente y los de cada prueba conviven en la misma agenda, con semáforo por urgencia.
  • Alertas que no molestan. Solo te notifica lo relevante, sin saturarte con información innecesaria.
  • Feriados y feria ya cargados. Los feriados oficiales se importan del Tribunal Fiscal de la Nación y podés sumar los días inhábiles propios de tu estudio.
  • Historial de cumplimiento. Podés ver de un vistazo cuáles plazos ya fueron cumplidos y cuáles siguen pendientes.

Para complementar tu gestión de vencimientos, te recomendamos también leer cómo no perder plazos procesales, ya que muchos plazos comienzan a correr a partir de la notificación electrónica.

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Dejá de depender de tu memoria para los vencimientos

Los plazos procesales en Argentina son perentorios, improrrogables y no perdonan. Gestionarlos manualmente es un riesgo que ningún abogado debería correr, especialmente cuando existen herramientas diseñadas específicamente para evitar ese peligro.

Veredicta calcula tus plazos con el calendario judicial ya cargado, te avisa por email y dentro de la aplicación, y sincroniza tus expedientes del PJN, la MEV y el EJE para que las novedades no dependan de que alguien entre a mirar. Tu tranquilidad profesional y la de tus clientes dependen de un buen sistema.

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