Glosario/Término

Letrado patrocinante y apoderado

El letrado patrocinante y el apoderado son dos roles distintos del abogado en un juicio. El patrocinante asesora y firma junto con su cliente, que actúa por sí. El apoderado, en cambio, actúa en nombre del cliente en virtud de un poder, y puede realizar por sí los actos del proceso sin que el cliente firme cada escrito.

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La distinción entre patrocinio y representación determina quién firma los escritos y hasta dónde llegan las facultades del abogado. Ambos roles pueden coexistir o no en una misma causa.

El letrado patrocinante

El patrocinante brinda la dirección jurídica del pleito, pero la parte actúa por sí misma. Los escritos los firma el propio cliente junto con su abogado, que lo patrocina. El patrocinio es obligatorio en muchos actos: la ley exige que ciertos escritos lleven firma de letrado para asegurar el debido asesoramiento técnico, incluso cuando la parte comparece personalmente.

El apoderado

El apoderado actúa en representación de la parte en virtud de un poder, que puede ser un poder general para juicios o uno especial. Ese mandato lo habilita a realizar los actos del proceso en nombre del cliente: presentar escritos, contestar traslados, asistir a audiencias, sin que el poderdante deba firmar cada presentación. El alcance de lo que puede hacer depende de las facultades conferidas en el poder, ya que ciertos actos de disposición requieren facultades expresas.

Cómo se combinan en la práctica

Un mismo abogado puede ser apoderado y a la vez ejercer el patrocinio letrado, o pueden actuar dos profesionales, uno como apoderado y otro como patrocinante. Tener claro el rol es importante para saber quién debe firmar y con qué facultades se cuenta. Al organizar la cartera de un estudio conviene registrar, por cada causa, en qué carácter interviene cada profesional; en Veredicta cada expediente reúne sus partes y su información en un solo lugar para tener ese detalle a mano.

La unificación de personería

Cuando varias personas litigan en una misma posición con un interés común, el tribunal puede exigir que unifiquen la representación en un solo apoderado, para ordenar el trámite. Esa figura, llamada unificación de personería, muestra hasta qué punto el rol del apoderado organiza la actuación de las partes a lo largo del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué diferencia hay entre letrado patrocinante y apoderado?

El patrocinante asesora y firma junto con su cliente, que actúa por sí mismo. El apoderado actúa en nombre del cliente en virtud de un poder, y puede realizar los actos del proceso sin que el cliente firme cada escrito. Uno acompaña y el otro representa.

¿Un mismo abogado puede ser apoderado y patrocinante?

Sí. Un mismo profesional puede actuar como apoderado en virtud del poder y a la vez ejercer el patrocinio letrado. También pueden intervenir dos abogados, uno como apoderado y otro como patrocinante. Lo importante es tener claro en qué carácter interviene cada uno.

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