Días inhábiles
Los días inhábiles son aquellos en los que no corren los plazos procesales ni se realizan actuaciones judiciales ordinarias. Comprenden los sábados, los domingos, los feriados nacionales y los días de feria judicial. En los plazos que se cuentan en días hábiles, los días inhábiles se descuentan del cómputo.
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La distinción entre días hábiles e inhábiles es la base de casi todo cálculo de plazos. Un plazo de diez días hábiles no equivale a diez días corridos: puede terminar bastante más tarde en el calendario, porque hay que saltear los fines de semana, los feriados y cualquier día de feria que caiga en el medio.
Qué días son inhábiles
Son inhábiles, en principio, los sábados, los domingos, los feriados nacionales y los días comprendidos en la feria judicial. A esos se suman los días que la autoridad judicial declare inhábiles por razones extraordinarias, y los asuetos que puedan disponerse. Cada jurisdicción puede tener particularidades, sobre todo en materia de feriados locales.
Plazos en días hábiles y en días corridos
No todos los plazos se cuentan igual. Muchos plazos procesales se cuentan en días hábiles, de modo que los inhábiles se descuentan. Otros, en cambio, se cuentan en días corridos y no distinguen: ahí el fin de semana y el feriado sí cuentan. Saber en qué unidad se mide cada plazo es tan importante como saber cuántos días dura, porque el mismo número arroja vencimientos muy distintos según la regla aplicable.
Además, en un estudio hay días inhábiles propios: licencias, cierres, jornadas no laborables internas que conviene reflejar en la agenda. Veredicta permite calcular vencimientos en horas, días corridos o días hábiles, con la feria y los feriados oficiales ya cargados, y su agenda contempla los días inhábiles para que el vencimiento que ves sea el correcto.
Días inhábiles por resolución del tribunal
Además de los sábados, domingos, feriados y la feria, el tribunal puede declarar inhábil un día concreto por razones extraordinarias, como un paro o una contingencia edilicia. Esos días también se descuentan en los plazos que corren en días hábiles. Por eso conviene estar atento a las acordadas y avisos del propio juzgado, que pueden alterar el cómputo previsto.
Preguntas Frecuentes
¿Qué días son inhábiles a los efectos procesales?
En principio los sábados, los domingos, los feriados nacionales y los días de feria judicial, más los que la autoridad judicial declare inhábiles por razones extraordinarias. En los plazos que se cuentan en días hábiles, esos días se descuentan del cómputo.
¿Un plazo en días hábiles es lo mismo que en días corridos?
No. En los plazos en días hábiles se descuentan sábados, domingos, feriados y feria, así que el vencimiento cae más tarde en el calendario. En los plazos en días corridos se cuentan todos los días. Por eso hay que saber en qué unidad se mide cada plazo.
